Informe de Evaluación de Edificios de Viviendas
Es una realidad que los edificios con más de 50 años deben realizar el Informe de Evaluación de Edificios de Viviendas (IEE.CV). Para llevar a cabo esta inspección técnica y todos los trámites relacionados con la misma, nosotros le brindaremos la asistencia integral de la misma.
¿Su vivienda tiene más de 50 años de antigüedad?
A través de Dirección General de Calidad, Rehabilitación y Eficiencia Energética, dependiente de la Consellería de Vivienda y Arquitectura Bioclimática han remitido cartas informativas a todos los propietarios de viviendas con una antigüedad superior a los 50 años, así como a las Comunidades de Propietarios, que quieran acceder a ayudas públicas para reformas o rehabilitación de estructuras, para que registren el Informe de evaluación del edificio de uso residencial de vivienda (IEEV.CV).
Esta medida, más conocida como ITV de los inmuebles, tal y como marca la LOTUP es un documento de carácter obligatorio, que evalúa la accesibilidad, el mantenimiento y la eficiencia energética del inmueble, es decir, se trata de aportar un diagnostico actualizado del estado del edificio.
La LOTUP fijó unos plazos escalonados para la presentación de los citados informes:
1º.-Antes del 2020 para edificios anteriores al 1901
2º.- Antes del 1/1/2022 deben de estar todos los edificios anteriores a 1950
3º.- Antes del 1/1/2023 deben de estar todos los edificios comprendidos entre 1951 y 1971.
Es importante destacar que, de momento, la Generalitat Valenciana solo está informando y no sancionando por la falta del IEEV, sin embargo, las sanciones pueden ir desde los 600€ pueden llegar hasta los 6.000€ y recaerán directamente sobre los propietarios de las viviendas. Las Administraciones de Fincas ya están informando de ello a sus clientes.
Además, hay que recalcar que el IEEV es un requisito indispensable para optar a los Fondos Europeos Next Generation y para poder optar a cualquier ayuda o subvención que permita rehabilitar o reformar edificios con una antigüedad menor a 50 años.
La Generalitat Valenciana ha articulado una batería de ayudas para compensar los gastos que los propietarios deberían soportar, en primera persona, por la emisión de este informe. A día de hoy, pueden ser objeto de subvención en la convocatoria del próximo año 2023 en un importe que ronda el 20% de los gastos, la inversión hecha hasta final de junio de 2023.
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